El Kit Digital se retrasa para pequeñas pymes hasta el 2 de septiembre. Aquellas pymes de entre 3 y 9 empleados tendrán que esperar hasta principios de septiembre para poder solicitar el Kit Digital y aplicar soluciones en sus empresas.
Era algo esperable, ya que no se había producido ningún movimiento a mediados de julio, y agosto no iba a realizarse ningún anuncio teniendo en cuenta las vacaciones de verano. Por lo tanto toca esperarse y preparar la solicitud para poder cursarla en septiembre y obtener una respuesta lo antes posible.
Pero la fecha no es lo único nuevo que hemos sabido del Programa Kit Digital, y es que se han producido modificaciones y añadidos en los textos del Programa para aclarar, definir y ampliar conceptos relacionados con cuestiones como la certificación, los tiempos de ejecución y revisión, los pagos, los beneficiarios de las ayudas o la incorporación de nuevas categorías de soluciones.
Una de las modificaciones más importantes que se incorpora es la del concepto de mejora funcional en aquellos casos en los que la ayuda se destine a sustituir soluciones de digitalización ya adoptadas por el beneficiario. Esto significa que la nueva solución sustituirá completamente a la anterior y no la mejorará como se proponía anteriormente.
Nuevas soluciones del Kit Digital
En lo que respecta a las soluciones digitales subvencionadas se incluyen dos nuevas categorías: presencia avanzada en internet y marketplace. Para ambas categorías, la ayuda del bono digital será de 2.000 euros, independientemente del tamaño de la empresa.
Métodos de firma
Como medios de firma electrónica válidos para la formalización de los acuerdos y su justificación, se ha introducido la Cl@ve PIN y la Cl@ve permanente, un sistema que a algunas personas les resulta más sencillo de utilizar.
Ampliación de entidades beneficiarias del Kit Digital
También se amplía el número de entidades beneficiarias del bono digital, posibilitando que otros actores del ámbito económico (sociedades civiles con objeto mercantil, sociedades civiles profesionales y explotaciones agrarias de titularidad compartida) implementen la digitalización en el desempeño de las funciones de su actividad económica. A su vez, se delimitan aquellas personas o entidades que, dada su vinculación con los Agentes Digitalizadores Adheridos y las personas en situación de autoempleo, no podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en la citada Orden.
Si deseas solicitar las ayudas del Kit Digital, ponte en contacto con nosotros y te guiaremos en la tramitación y en la selección de la solución que mejor se adapte a tu negocio.